Institucionales 2 de abril de 2024 - 16h
Rosario Central se manifiesta en contra del racismo y la discriminación

Nuestra institución está firmemente comprometida con erradicar cualquier acto discriminatorio

Desde el Club Atlético Rosario Central manifestamos la firme postura que tiene nuestra institución en contra de cualquier tipo de acto de racismo y/o discriminación. En este sentido, reforzamos nuestro compromiso por erradicar definitivamente ese tipo de situaciones, aportando de esta manera nuestro granito de arena para que el fútbol sea siempre una verdadera fiesta y un espectáculo deportivo digno de admirar.

Por otra parte, informamos a nuestros socios/as e hinchas en general, de cara al inicio de la participación en la Copa Libertadores, que la CONMEBOL sancionará de forma severa cualquiera comportamiento racista y/o discriminatorio durante los partidos.

A continuación compartimos un fragmento del Artículo 15 del Código Disciplinario de la Confederación Sudamericana de Fútbol:

1. Cualquier jugador u oficial que insulte o atente contra la dignidad humana de otra

persona o grupo de personas, por cualquier medio, por motivos de color de piel,

raza, sexo u orientación sexual, etnia, idioma, credo u origen, será suspendida por

un mínimo de diez (10) partidos o por un periodo de tiempo mínimo de cuatro (4)

meses. En caso de reincidencia, podrán ser sancionados con la prohibición de ejercer

actividades relacionadas con el fútbol por cinco (5) años, o cualquier otra sanción

adicional establecida en el Artículo 6 del presente Código.

2. Cualquier Asociación Miembro o club cuyos aficionados insulten o atenten contra

la dignidad humana de otra persona o grupo de personas, por cualquier medio, por

motivos de color de piel, raza, sexo u orientación sexual, etnia, idioma, credo u origen,

será sancionado con una multa de al menos DÓLARES AMERICANOS CIEN MIL (USD

100.000). En caso de reincidencia, el infractor podrá ser sancionado con una multa de

DÓLARES AMERICANOS CUATROCIENTOS MIL (USD 400.000).

Por lo tanto, desde Rosario Central le decimos NO AL RACISMO Y LA DISCRIMINACIÓN, y pedimos que cada uno de nuestros socios/as e hinchas actúe respetando esos principios. Al Club lo cuidamos entre todos.

Arrojar proyectiles al campo de juego, también podrá traer importantes sanciones:

Compartimos otro fragmento del Código Disciplinario:

Artículo 12. Orden y Seguridad en los Partidos

  1. Las Asociaciones Miembro y los clubes que disputen un partido en condición de local
    deberán:
    a. Evaluar el nivel de riesgo que planteen la organización de los partidos e indicar a
    la CONMEBOL aquellos que supongan un riesgo al normal desarrollo;
    b. Cumplir y aplicar las normas de seguridad existentes (reglamentación de la
    CONMEBOL, legislación nacional, convenios internacionales) y tomar todas aquellas
    medidas de seguridad que requieran las circunstancias que se den en el estadio y
    en sus inmediaciones antes, durante y después del partido;
    c. Informar a las autoridades locales y colaborar con ellas de forma activa y eficaz;
    d. Garantizar el orden en los estadios y en sus inmediaciones, así como la correcta
    organización de los partidos.
  2. Las sanciones disciplinarias previstas en el Artículo 6 del presente Código podrán
    imponerse a las Asociaciones Miembro y clubes, en supuestos de comportamientos
    incorrectos o inapropiados de sus aficionados entre los que se señalan:
    a. La invasión o tentativa de invasión del terreno de juego;
    b. El lanzamiento de objetos;
    c. Encender bengalas, fuegos artificiales o cualquier otro tipo de objeto pirotécnico;
    d. Uso de puntero laser o dispositivos electrónicos similares;

    e. El uso de gestos, palabras, cánticos, objetos u otro medio para transmitir cualquier
    mensaje no apropiado en un evento deportivo, particularmente si es de naturaleza
    política, ofensiva o provocativa;
    f. Causar daños;
    g. No respetar la entonación de los himnos nacionales;
    h. Cuando perturben el bienestar, tranquilidad y seguridad de una delegación en
    hoteles y traslados;
    i. En casos de agresión colectiva riña o tumulto;
    j. Cualquier otra falta de orden o disciplina que se pudiera cometer en el estadio o
    en sus inmediaciones antes, durante y a la finalización de un partido.

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